ABORTO: VICTIMA, IGLESIA Y ESTADO
- eldiadigital1021
- 28 oct 2021
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En la última semana salió en la prensa el caso de una niña de 11 años con cinco meses de embarazo, sufrió 9 meses de violaciones continuas por parte del padre de su padrastro, un hombre de 61 años que aprovecho la ausencia de la madre de la menor quien estaba trabajando en la ciudad de La Paz.
Los hechos trascurrieron en el municipio de Yapacaní, Santa Cruz. La tía, se dio cuenta de lo que ocurría y fue directamente a denunciar al hombre.
Ya ingresada en un hospital de tercer nivel, la victima proclamo su deseo de interrumpir el embarazo, como debería ser. Al menos eso establece la Sentencia Constitucional 206/2014, la cual dicta la despenalización parcial del aborto que reconoce la legalidad de interrupción del embarazo en caso de violación, incesto, estupro y riesgo para la salud o vida de la mujer.
Es así que fue trasladada al Hospital Percy Boland y estaba planificado para el día sábado proseguir con la interrupción, sin embargo, la madre cambio de opinión porque seguidores de la fe católica ingresaron al establecimiento para conversar con la niña y con la madre.
La iglesia llevó a la pequeña a una casa de acogida, había ofrecido apoyo a la menor y trabajo a su madre, con una pensión mensual de 2.000 bolivianos por ayudar en la cocina.
“No quiere ser madre” declaró Ana Paola García, la directora ejecutiva de la Casa de la Mujer. La frase “las niñas no son madres” se apoderó de las redes sociales causando debate.
¿Qué hay con los derechos de la menor? y ¿El derecho a la vida del no nacido? ¿Cuál es el deber del Estado?, ¿Qué poder tiene la iglesia católica?
Según el artículo 61 de la Constitución Política del Estado prohíbe y sanciona toda forma de violencia contra las niñas, niños y adolescentes, tanto en la familia como en la sociedad. La niña tiene derecho a la información y puede elegir con su embarazo y esta decisión no puede ser influenciada por la sociedad.
Tomando en cuenta que la niña no solo tendrá problemas físicos si es que logra llevar el embarazo a cabo pues según datos de la Organización Mundial de la Salud (OMS) las complicaciones que se dan son la segunda causa de muerte entre las adolescentes de 15 a 19 años además de que la pelvis no es capaz de soportar el peso del feto ni tiene el desarrollo suficiente en la vagina y el cuello uterino lo que puede causar lesiones a la niña y afectar a la formación del feto.
El desarrollo de preeclamsia y eclampsia además de anemia, infecciones en las vías urinarias o de transmisión sexual e hipertensión arterial e incluso un parto prematuro o aborto, por otra parte, el desarrollo regular del feto bajo estas condiciones es imposible, las complicaciones a las que estaría expuesto son bajo peso y posible lentitud en el desarrollo cognitivo.
Por otro lado, el derecho a la vida es una de los pilares de los derechos humanos y “éticamente” hablando también. En 1930, el Papa Pío XI dictaminó que la vida de la madre y la del feto son sagradas por igual y que nadie tiene autoridad para eliminarlas y la biblia abala que todas las vidas son sagradas.
El ministro de Gobierno, Eduardo del Castillo lamentó que algunas instituciones se sientan con la autoridad de impedir la interrupción legal de un embarazo y considero que se debería evaluar psicológicamente a la pequeña para determinar si es que quiere continuar o interrumpir su embarazo.
Es importante considerar los valores que tenemos como sociedad, pero estos tienen un límite, cada persona natural tiene su espacio y creencias, no por eso se debe juzgar o influenciar a una menor ya que forman parte de los grupos vulnerables.
Por un lado, está la Constitución Política del Estado es nuestra carta magna, deberíamos respetarla y otorgar información a la menor. En cambio, está la moralidad que está presente en cada individuo y puede ser el tropiezo o acierto en la resolución de un caso de esta índole. Se debe cumplir la ley siempre tomando en consideración la voz de la victima de este atroz delito.




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